La Ley N° 21.442 moderniza la vida en condominio: actualiza reglas de administración, fija nuevas obligaciones de transparencia, crea el Registro Nacional de Administradores y exige seguros y planes de emergencia. Además, tras la publicación del Reglamento de la Ley en el Diario Oficial el 9 de enero de 2025, las comunidades deben actualizar su Reglamento de Copropiedad dentro de un año (el cual vence el 9 de enero de 2026).
Cambios clave que debes conocer
1) Transparencia financiera anual (Asamblea Ordinaria).
Al menos una vez al año la administración debe rendir cuenta documentada, presentar balance, poner a disposición cartolas y respaldos bancarios, y someter la aprobación a votación de la asamblea o por consulta escrita.
2) Asambleas más flexibles.
La ley admite consultas por escrito (incluyendo soporte electrónico) para adoptar acuerdos, además de las sesiones ordinarias y extraordinarias. Las materias y quórums están en el cuadro del artículo 15 (mayorías “absoluta” y “reforzada”, según el tema).
3) Seguro colectivo contra incendio.
En condominios con destino habitacional es obligatorio contratar y mantener vigente un seguro colectivo contra incendio para bienes comunes y con opciones para las unidades; la obligación rige seis meses después de publicado el Reglamento (julio de 2025 aprox.).
4) Registro Nacional de Administradores.
Para ejercer, administradores y subadministradores deben inscribirse en el Registro Nacional (público, obligatorio y gratuito) y cumplir requisitos como capacitación o certificación de competencias; hay sanciones por incumplimientos.
5) Libros y registros digitales.
El Reglamento permite y detalla Libro de Actas y Libro de Novedades en soporte digital o material, y obliga a llevar Registro de Copropietarios/Arrendatarios/Ocupantes, con plazos de 60 días para informar cambios.
6) Fondo de reserva y materias de asamblea.
La asamblea extraordinaria fija el porcentaje de recargo para el fondo de reserva y su uso para gastos de mantención o reparación, entre otras materias relevantes (seguros, cambios de destino, obras, etc.).
Adecua tu comunidad y evita multas
- Actualiza el Reglamento de Copropiedad antes del 9 de enero de 2026.
Incluye el cuadro de quórums del art. 15, reglas de reuniones telemáticas/consultas escritas, uso de bienes comunes, sanciones internas y protocolos de transparencia. - Ordena la gobernanza: Convoca Asamblea Ordinaria para aprobar balance y plan de trabajo. Revisa integración y vigencia del Comité de Administración y sus delegaciones.
- Cumple con los libros y registros.
Implementa Libro de Actas y Libro de Novedades (idealmente digitales con resguardo y respaldo), y Registro de Copropietarios/Arrendatarios actualizado (plazo 60 días para informar cambios). - Contrata/ajusta el seguro colectivo contra incendio.
Verifica coberturas, evita dobles pagos y alinea pólizas de copropietarios; revisa la exigencia a los seis meses de publicado el Reglamento y el plazo de dos años para ajustar pólizas existentes. - Regulariza al administrador.
Exige inscripción en el Registro Nacional, verifica capacitación/certificaciones y gestiona protocolos de rendición de cuentas. Considera el régimen de infracciones y sanciones aplicable. - Plan de emergencia y simulacros.
Adecúa el plan de emergencia y evacuación conforme a la norma técnica Minvu y deja constancia en actas.
Te asesoramos para que tu comunidad cumpla la Ley 21.442, agenda una reunión con nosotros.

